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”De lo que va corrido del año en la Personería Distrital se han reportado 270 personas víctimas del conflicto armado interno, de las cuales, 2 casos corresponden a líderes sociales que están siendo amenazados”.
Buenaventura, 14 de abril de 2020. El personero distrital, Edwin Janes Patiño Minotta, manifestó que el Ministerio Público le hará seguimiento a los planes, proyectos y programas que implementará la Administración Distrital para favorecer a la población víctima del conflicto armado interno.
Explicó que el Ente Territorial ha tenido una baja calificación a nivel nacional con respecto a la implementación del Estatuto de Víctimas (Ley 1448 de 2011), por esta razón, en el Plan de Desarrollo “Buenaventura con Dignidad” debe quedar un capítulo especial para la atención y acompañamiento de la población víctima del Distrito.
“A través de las secretarías de Educación, Desarrollo Económico y Rural y de Salud se debe impulsar la formación técnica o profesional para las víctimas o los hijos de estas, la creación o fortalecimiento de empresas productivas y propender por la vinculación al sistema de salud de las víctimas y de su núcleo familiar”, dijo.
Las Cifras
El representante del Ministerio Público señaló que en el Distrito de Buenaventura se tiene un registro de 180.000 víctimas del conflicto
armado interno, es decir, casi el 50% de la población, “situación que nos preocupa puesto que seguimos manejando una cifra muy alta, por lo tanto, se hace necesario que los Entes Territoriales diseñen estrategias encaminadas en flexibilizar sus mecanismos y aumentar la oferta institucional para mejorar las condiciones de esta población”.
De lo que va corrido del año, la Personería Distrital reportó en enero 89 casos, en febrero 74 y en marzo 102. Por amenazas contra la vida, tenemos 15 registros de los cuales 2 son a líderes sociales de la ciudad.
OFICINA DE COMUNICACIONES
Personería Distrital
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La Personería Distrital de Buenaventura, es un órgano de control de orden municipal, organismo del Ministerio Público, regido por la Constitución Política de 1991, la ley 136 de 1994, la ley 617 de 2000 y en cumplimiento de su misión Constitucional, debe velar por la guarda y promoción los derechos humanos, proteger el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas en el Distrito de Buenaventura.

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